29-septiembre-2014.- El secretario de
Estado de Cultura, José María Lassalle, afirmado que “en la reforma fiscal va
la Ley de Mecenazgo. El mecenazgo implica un soporte de incentivos fiscales, de
deducciones sobre el impuesto sobre la renta y en el impuesto de sociedades.
Eso es una Ley de Mecenazgo”.
El secretario de Estado ha
hecho estas declaraciones a los medios de comunicación tras inaugurar del
Encuentro de Editores Iberoamericanos en Casa del Lector, donde ha explicado
que “en España hay una Ley de Mecenazgo que está vigente desde los años 90 y
está siendo ahora mismo objeto de modificación. La Ley de Mecenazgo son
básicamente incentivos fiscales. Si al mecenas no se le ofrecen incentivos
fiscales se produce otra cosa que se denomina altruismo o filantropía”.
Como ha afirmado Lassalle,
la iniciativa de Ley de Mecenazgo “queda subsumida en la reforma fiscal ese es
su ámbito de regulación, ya que afecta al impuesto de sociedades y al impuesto
sobre la renta. Al mismo tiempo, hay una modificación que compete al Ministerio
de Justicia, que es la facilitación de la creación de las fundaciones. Todo
ello, implica un paquete de transversalidad legislativa sobre mecenazgo”.
José María Lassalle ha
resaltado también que “por primera vez se democratiza el mecenazgo en nuestro
país mediante la introducción del micromecenazgo, con el que el ciudadano podrá
deducirse el 75% de los 150 primeros euros que dedique a la cultura. Ya no hace
falta ser rico para ser mecenas”.
La reforma fiscal introduce
además el mecanismo de reconocimiento a la fidelización de la inversión en
cultura, al aumentar un 10% el porcentaje de desgravación, para aquellas
aportaciones que permanezcan durante 3 o más ejercicios consecutivos por igual
o superior cuantía realizados a favor de un mismo beneficiario, pasando de un
tipo general de deducción del 25% al 35% a partir del tercer año, en el caso
del IRPF y hasta el 40% en el caso del Impuesto de Sociedades.
Incentivos para el Mecenazgo recogidos en la
Reforma Fiscal
Las deducciones fiscales
vinculadas a la figura del mecenazgo que recoge la Reforma Fiscal son:
1
En el ámbito del
IRPF,
incrementa los porcentajes de deducción general del 25 al 30% con efectos desde
el ejercicio 2016 (transitoriamente durante 2015 se aplicará el 27,5%).
2
Introduce el
micromecenazgo. Establece dos tramos de deducción en el IRPF. En los
primeros 150 euros se aplica un tipo del 75% y en los restantes un tipo general
del 30%. Además, para aquellas aportaciones que permanezcan durante 3 o más
ejercicios consecutivos por igual o superior cuantía al del ejercicio anterior
realizados a favor de un mismo beneficiario, se aplicará un 5% adicional, hasta
situarse en un 35%. Transitoriamente en el ejercicio 2015 el tipo de deducción
en este tramo será del 32,5%.
BASE DEDUCCIÓN
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PORCENTAJE 2014
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PORCENTAJE 2015
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PORCENTAJE 2016
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Menos de 150 € x contribuyente
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25,00%
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50%
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75%
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Resto
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Misma entidad durante al menos tres años
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32,50%
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35%
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Resto
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27,50%
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30%
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3
En el ámbito del Impuesto de Sociedades,
también se favorece la fidelización del inversor en Cultura, ya que supone para
los beneficiarios una bonificación adicional de 5 puntos hasta el 40% en 2016
sobre la ordinaria en éste impuesto que actualmente es del 35%.
BASE DEDUCCIÓN
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PORCENTAJE
2014
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PORCENTAJE
2015
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PORCENTAJE
2016
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Misma entidad durante al
menos tres años
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35%
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37,5%
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40%
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Sin fidelización
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35%
|
35%
|
La Reforma Fiscal
actualmente está en tramitación parlamentaria y previsiblemente entrará en
vigor en 2015.
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