martes, 17 de enero de 2023

Creación de la Comisión Nacional para la celebración del centenario de Joaquín Sorolla

• El órgano colegiado interministerial para la conmemoración servirá de instrumento para impulsar las actividades de la efeméride, que tiene la consideración de Acontecimiento de Excepcional Interés Público

• Estará adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte, a través de la Secretaría General de Cultura y Deporte

• La preparación del programa corresponderá a la Fundación Museo Sorolla, dado su papel fundamental en la promoción y difusión de la figura del pintor y del conocimiento de su obra artística


L.M.A.

17-enero-2023.- El Consejo de Ministros, a propuesta del ministro de Cultura y Deporte, Miquel Iceta, ha aprobado hoy el Real Decreto por el que se crea y regula la Comisión Nacional para la conmemoración del centenario del fallecimiento de Joaquín Sorolla, órgano colegiado interministerial que contribuya a destacar la figura del pintor y su aportación al mundo de las artes y de la cultura española.

El proyecto de Real Decreto, en cumplimiento del artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, tiene por objeto la creación de dicha Comisión Nacional, que sirva de instrumento para impulsar las distintas actividades que se celebren para la efeméride.

Contempla la creación de una Comisión Ejecutiva como órgano certificador, ya que conforme a la disposición adicional sexagésima cuarta de la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, la celebración del programa ‘100 años del fallecimiento de Joaquín Sorolla’ tiene la consideración de Acontecimiento de Excepcional Interés Público a los efectos de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre. Será el órgano encargado del desarrollo y concreción en planes y programas de actividades específicas.


Esta información puede ser usada en parte o en su integridad sin necesidad de citar fuentes conformidad a lo dispuesto en la Ley 49/2002 y de certificar la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa de apoyo.

También regula la presencia de la Fundación Museo Sorolla en este acontecimiento, dado su papel fundamental en la promoción y difusión de la figura de Joaquín Sorolla y del conocimiento de su obra artística. Se entiende que es una entidad adecuada para el desarrollo del programa, aprovechando su infraestructura de gestión con la garantía de solvencia demostrada en el desarrollo de actividades culturales. Esta institución se encargará de la preparación del programa de actividades y actuaciones que se deriven de la ejecución del programa ‘100 años del fallecimiento de Joaquín Sorolla’, que será aprobado por la Comisión Nacional; así como de la realización material de los actos y actividades que se deriven de la ejecución de dicho programa.

La Comisión Nacional será un órgano colegiado interministerial, en el que además de representantes de la Administración General del Estado, también participan otras administraciones y personas de reconocido prestigio o representantes de instituciones privadas o públicas, que tengan relación con el estudio de la vida y la obra artística de Joaquín Sorolla. Estará adscrito al Ministerio de Cultura y Deporte, a través de la Secretaría General de Cultura y Deporte.

La Comisión Nacional se estructurará en los siguientes órganos:

a) La Presidencia, que corresponde a la persona titular del Ministerio de Cultura y Deporte.

b) La Vicepresidencia, que corresponde a la persona titular de la Secretaría General de Cultura y Deporte.

c) El Pleno, entre cuyas funciones destaca la de aprobar el programa de actividades de la Comisión Nacional, integrado por:

· En representación de la Administración General del Estado, la persona titular de la Subsecretaría de Cultura y Deporte, y representantes de los ministerios de Hacienda y Función Pública, y de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; de la Sociedad Estatal de Acción Cultural, S.A.; la persona titular de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes; la persona titular de la Subdirección General de Museos Estatales del Ministerio de Cultura y Deporte; y la persona titular de la Dirección del Museo Sorolla.

· En representación de otras Administraciones Públicas, representantesde la Generalitat Valenciana; de la Comunidad de Madrid; de la Diputación de Valencia; del Ayuntamiento de Valencia y delAyuntamiento de Madrid.

· La persona que ejerza la Presidencia de la Comisión Permanente del Patronato de la Fundación Museo Sorolla.

· Se nombrarán un máximo de ocho vocalías entre personas de reconocido prestigio o representantes de instituciones privadas o públicas, que tengan relación con el estudio de la vida y la obra artística de Joaquín Sorolla, o estén dedicadas al impulso y promoción de la cultura, nacional o internacional.

d) La Comisión Ejecutiva, formada por quien ostente la Presidencia y nueve vocalías. Ejercerá su Presidencia la persona titular de la Dirección General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes. Entre sus funciones está la de certificar la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa de apoyo, según lo previsto en el artículo 27.2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.

La aprobación de este Real Decreto no implica aumento del gasto público porque no supone incremento de retribuciones, ni de dotaciones, ni de otros gastos de personal al servicio del sector público, ya que el funcionamiento de la Comisión Nacional será atendido con los medios personales, técnicos y presupuestarios del Ministerio de Cultura y Deporte. Todos los cargos de la Comisión Nacional tienen carácter honorífico, no percibiendo retribución alguna por el ejercicio de sus funciones.

La duración del programa de apoyo a este acontecimiento abarcará desde el 1de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2024.

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