· El objetivo es crear una institución de referencia nacional e
internacional en el ámbito de la lírica que potencie la Zarzuela como género
lírico español
· Promoverá la ampliación de públicos, manteniendo la política de
precios asequibles del Teatro de la Zarzuela
· Mantendrá las condiciones laborales y salariales de los
trabajadores de ambas instituciones
25-abril-2018.- El Consejo de
Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto por el cual se aprueba la
modificación de los Estatutos de la Fundación del Teatro Real, que pasa a
denominarse Fundación Nacional del Teatro Real y del Teatro de la Zarzuela
F.S.P. y se adoptan las disposiciones necesarias para la unión en esta
fundación del Teatro de la Zarzuela y el Teatro Real.
La integración de ambas
instituciones tiene como objetivo crear una institución de referencia nacional
e internacional en el ámbito de la lírica, que potencie de manera particular la
Zarzuela como género lírico español.
Como recoge el Real
Decreto, sumar las fortalezas de dos instituciones tan reconocidas como el
Teatro Real y el Teatro de la Zarzuela, constituye “una oportunidad de impulso
integral de las artes líricas, coreográficas y musicales”.
La Fundación mantiene su
dependencia de las Administraciones Públicas, al ser una Fundación del Sector
Público (FSP). Además, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte velará por
el cumplimiento de lo establecido en el Real Decreto aprobado hoy, y
desarrollará actividades de promoción del a zarzuela compatibles con las que
realice la Fundación.
Mantenimiento de las condiciones laborales del
personal del Teatro de la Zarzuela
Con
la entrada en vigor de este Real Decreto, quienes en esa fecha vengan desempeñando un puesto de trabajo como
personal funcionario o laboral en el Teatro de la Zarzuela, hasta
ahora dependiente del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música,
se incorporará como personal de la Fundación Nacional del Teatro Real y del
Teatro de la Zarzuela, con los mismos derechos y obligaciones.
El
personal funcionario de la Zarzuela podrá elegir su incorporación a la
plantilla de la Fundación, en cuyo caso se declararía su excedencia por
prestación de servicios en el sector público.
Respecto
al personal laboral, mantendrá las mismas condiciones laborales vigentes, que
son las del III Convenio Único para el Personal Laboral de la Administración
General del Estado.
El
titular de la dirección del Teatro de la Zarzuela se incorpora a la plantilla
de la Fundación, manteniendo las condiciones contractuales de su régimen
especial de alta dirección.
En
relación al personal del Teatro Real, mantendrá las condiciones laborales
vigentes hasta la entrada en vigor del Real Decreto.
Promoción de la zarzuela
y la danza
El
texto normativo refleja también las obligaciones para la Fundación de promover
la zarzuela, con las que se pretende proteger e impulsar este género. Entre ellas,
destaca que:
1. Se
mantendrá un número de títulos y representaciones de zarzuela no inferior a la
media de las tres últimas temporadas del Teatro de la Zarzuela.
2. La
temporada de la zarzuela se desarrollará simultáneamente al resto de las
actividades programadas, distribuyéndose de manera regular en el calendario y
atendiendo a los periodos actuales de afluencia de público.
3. Se
promoverá la presencia de artistas españoles en los elencos de las zarzuelas,
manteniendo al menos los niveles medios de las tres últimas temporadas.
4. Se
mantendrá la política general de precios para las representaciones en el Teatro
de la Zarzuela, incluidos los descuentos a los colectivos prioritarios.
5. Se
mantendrá el nivel de financiación actualmente destinado a la programación de
zarzuelas, promoviendo su progresivo incremento.
También
se recoge que el Teatro de la Zarzuela será el “escenario estable de exhibición
de la Compañía Nacional de Danza y el Ballet Nacional de España”, manteniendo
como referencia las condiciones vigentes en las tres temporadas anteriores.
Se
mantendrán las actividades programadas en el Teatro de la Zarzuela para las
temporadas 2017/2018, 2018/2019 y 2019/2020, no sólo relativas a la
programación, sino también a los ciclos formativos.
Por
último, cabe señalar que la entrada en vigor del Real Decreto será la de la
entrada en vigor de la próxima Ley de Presupuestos Generales del Estado. De
este modo, dicha Ley habilitará las
previsiones presupuestarias adecuadas
para hacer efectivo el cambio de competencias y organizativo que se prevé en este proyecto.
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